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Diferencia de trato entre establecimientos permanentes situados en el territorio de un Estado miembro y establecimientos permanentes situados en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo

  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 28, 2015, pág. 15
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 49 TFUE y 31 del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo de 2 de mayo de 1992, al adoptar y mantener en vigor el régimen fiscal previsto en el art. 6b de la Ley del impuesto sobre la renta (Einkommensteuergesetz), que somete el beneficio del a p l a z a m i e n t o d e l a i m p o s i c i ó n d e l a s p l u s v a l í a s d e r i v a d a s d e l a enajenación a título oneroso de un bien de inversión que forma parte del patrimonio de un establecimiento permanente del sujeto pasivo situado en el territorio alemán a la condición de que esas plusvalías se reinviertan en la adquisición de bienes sustitutivos que formen parte del patrimonio de un establecimiento permanente del sujeto pasivo situado en el mismo territorio


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