En el presente artículo se analiza cómo los miembros de diversos tipos de comunidades previstas en el Código Civil pueden usar y comunicar los datos personales de los demás integrantes de la comunidad. Partiendo de su falta de personalidad, se estudia la relación entre el derecho que ostenta cada comunero a la protección de sus datos y los derechos económicos individuales que, como partícipes en la comunidad, les corresponden.
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