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Impuesto sobre el Valor Añadido: Aplicación del denominado «principio de regularización íntegra en los procedimientos de comprobación», a las cuotas soportadas y deducidas por quien no es el destinatario de la operación gravada

  • Autores: David Gómez Aragón
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 2, 2015, págs. 75-79
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El TS considera que, al regularizar la situación en el IVA de una empresa que, sin ser la destinataria de la entrega de un inmueble sujeta y no exenta de dicho impuesto, había sin embargo soportado y deducido la cuota del IVA que gravaba tal entrega, la Inspección no debió proceder a minorar la referida deducción y a exigir el importe resultante más los correspondientes intereses de demora, sino que, en la medida en que dicha empresa había soportado dicha cuota, debió acordar que tenía derecho a deducirlas o a que le fueran devueltas.


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