Ángel Carrasco Perera, Karolina Maja Lyczkowska
La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha reformado la Ley del Notariado, introduciendo nuevas reglas en relación con las subastas notariales. No obstante, no ha modificado el art. 1872 CC que hasta hace entonces, era la única norma de Derecho material vigente que regulaba esta materia. En consecuencia, actualmente coexisten dos regímenes que no son enteramente compatibles. Surgen diversas cuestiones que precisan de una respuesta clara, tales como cuántas subastas pueden convocarse, o si es admisible establecer un tipo reducido en la segunda subasta.
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