El tema de la jerarquización de los derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales que en dicha materia han sido suscritos por el Estado mexicano, ha salido a flote a raíz de la reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de junio de 2011.
Acorde a lo anterior, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver por mayoría de votos la contradicción de tesis 293/2011 se apartó, a mi juicio, del texto del artículo primero constitucional. En el presente documento expongo las razones fundamentales en las que basa la consideración anterior, mismas que sirvieron de sustento a mi disenso respecto a la resolución del asunto referido.
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