El artículo analiza la reforma operada por la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, en uno de los elementos esenciales de las antes denominadas Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, que es la responsabilidad personal que asumen mancomunadamente sus empresarios asociados por la administración irregular de los recursos públicos confiados. Y se detiene en la posibilidad de que se haya introducido el beneficio económico o «extornos».
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