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Prestatario que tiene los conocimientos necesarios para apreciar el carácter abusivo de una cláusula antes de la firma del contrato: TJ Sala Cuarta, 3 Septiembre 2015

  • Autores: Marck Safjan
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 30, 2015, 2 págs.
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que una persona física que ejerce la abogacía y celebra con un banco un contrato de crédito, s i n q u e e n é l s e p r e c i s e e l d e s t i n o d e l crédito, puede considerarse «consumidor» con arreglo a la citada disposición cuando dicho contrato no esté vinculado a la actividad profesional del referido abogado. Carece de pertinencia al respecto el hecho de que el crédito nacido de tal contrato esté garantizado mediante una hipoteca contratada por dicha persona en su condición de representante de su bufete de abogado, la cual grava bienes destinados al ejercicio de la actividad profesional de esa persona, como un inmueble perteneciente al citado bufete


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