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Distinción, discreción, discriminación: las nuevas y, es de esperar, últimas fronteras para las solicitudes de asilo relacionadas con el género

  • Autores: Alice Edwards
  • Localización: Papeles de relaciones ecosociales y cambio global, ISSN 1888-0576, Nº. 132, 2015-2016, págs. 51-64
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La cuestión de si las mujeres perseguidas pueden ser consideradas refugiadas parece indiscutible y aparece bien establecida ya como materia propia del derecho internacional de los refugiados. No obstante, un análisis pormenorizado de la jurisprudencia sugiere que existen múltiples impedimentos para el reconocimiento de las peticiones de asilo de las mujeres. En este artículo se presentan tres tendencias de la jurisprudencia de varios países en cuanto al reconocimiento de las solicitudes de asilo relacionadas con el género: distinción, discreción y discriminación. Llamo a estas tendencias las “nuevas fronteras” de las solicitudes relacionadas con el género. Sería deseable que fuesen las “últimas”, aunque creo que es prematuro ya que la inclinación y la imaginación de los abogados de los gobiernos, de los responsables de tomar decisiones y de la judicatura para imponer nuevas pruebas que limiten los índices de reconocimiento de refugiados parecen inagotables. Cada una de estas nuevas tendencias se examina individualmente. Previamente haré un breve resumen de la legislación internacional vigente al respecto.


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