En tanto que el negro crespón de la barbarie avanza imperioso y el Gobierno propone soluciones para tanta desventura, no se oye –salvo el episódico esfuerzo de la Comisión Revisora del C. de P. Penal en 1976- el necesario clamor por la supresión de tan dañina institución, de tan ostensible mojón de impunidad, cual es el jurado de conciencia. Con todo, es advertible que la mayoría inmensa del cuerpo de la judicatura es partidaria de esa supresión y, el resto, de sustanciales modificaciones por lo menos. Claro que los defensores de esta última posición, no atinan a señalar de qué índole y cuál el alcance que han de tener las modificaciones, indudablemente porque el obscuro panorama de ese ingrato inserto en las funciones jurisdiccionales, no permite ver con seriedad algo que pueda servirle de tabla de salvación. (…)
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