La Mudawana es el estatuto personal que en 1958 reguló las relaciones de familia, a partir de la Ley del Corán, la Sunna y el Ijtihad. Lo que podemos destacar del estatuto jurídico marroquí es que en la familia dominaba el sistema patriarcal, en el que la mujer jugaba un papel secundario. Las injusticias vividas a lo largo de estos años, cuyas víctimas directas han sido las mujeres y los niños, llevaron a varias asociaciones femeninas a unir sus esfuerzos en la lucha por su reforma. En 1993 tuvo lugar la primera modificación. En la actualidad, la Mudawana ha sido derogada, tras la entrada en vigor del Nuevo Código Jurídico de la Familia, el 16 de enero de 2004. A grandes líneas, la reforma atenta directamente contra la estructura patriarcal de una sociedad profundamente conservadora. Su contexto se basa en la igualdad del hombre y la mujer en su relación de pareja, que asumen la responsabilidad conjunta de las decisiones familiares. Fiel a su voluntad de modernización, el legislador introduce en el Código normas de Derecho internacional privado, disponiendo que son susceptibles de ejecución las decisiones extranjeras sobre el repudio, divorcio, “Jol’a”, Tamlik, siempre que emanen de un tribunal competente y se basen en causas de ruptura del vínculo matrimonial no contrarias a las previstas en el código de familia marroquí.
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