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El testamento de Damiana Escrivá, un modelo de documento foral en el año 1713

  • Autores: Antonio Ropero Mérida
  • Localización: La diversidad en la investigación humanística: V Jornadas de Investigación de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alicante (Alicante, 26 y 27 de marzo de 2015) / coord. por Ernesto Cutillas Orgilés, 2016, ISBN 978-84-944757-8-8, págs. 79-85
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El cambio legislativo que supuso el Decreto de Nueva Planta de 1707 alteró la costumbre arraigada durante años en la articulación de los negocios privados. A través del testamento de Damiana Escrivá, de estructura plenamente foral, hemos constatado la lenta asimilación de las nuevas realidades exigidas. Habían pasado seis años, pero se siguieron aceptando en las escribanías los actos privados que reflejaban tiempos pasados. Es así como a través de las cláusulas del testamento se conjugaron aspectos forales junto a indicios que ya apuntaban las nuevas normas, como el uso del castellano que sustituía al valenciano. La validación realizada en la escribanía siguió la tradición castellana, conforme a lo estipulado en el formulario de Pedro Melgarejo, de obligado cumplimiento por los escribanos en la redacción documental. Con este testamento hemos comprobado que, en zonas alejadas como Vall de Laguart, la información que fue llegando llevó su tiempo.

    • English

      Damiana Escrivá's will, a model of a foral document in 1713. The legislative change that supposed the Decree of Nueva Planta of 1707 altered the custom established in the joint of private business for years. Across Damiana Escrivá's will, with a entirely foral structure, we have stated the slow assimilation of the new demanded realities. Six years had happened, but they kept on accepting in the notaries the private acts that reflected past times. By this way, across the clauses of the testament, forales aspects were conjugated along with indications that were already aiming at the new norms, like the use of the Castilian language that was substituting the Valencian one. The ratification carried out in the notary continued the Castilian tradition, in accordance with the stipulated in the form of Pedro Melgarejo, of forced fulfillment for the notaries in the documentary writing. With this testament we have verified that in remote areas like Vall de Laguart, the information that was coming took its time.


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