La finalidad del presente trabajo es hacer un analisis que determine las ventajas de la implementacion de la oralidad al interior de los procesos laborales colombiano y venezolano. Si bien en Colombia se habia previsto la oralidad desde la expedicion de las primeras leyes en la decada de los 50 del siglo pasado, solo se vino a iniciar su aplicacion a partir de la Ley 1149 de 2007. Lo anterior, permite plantear la obtencion de mejores resultados en la duracion de los procesos, si tenemos en cuenta que se redujeron de cuatro a dos las audiencias, existiendo la posibilidad de darlos por terminado anticipadamente si se hace uso de la conciliacion. Por su parte en La Republica Bolivariana de Venezuela, la oralidad se constituyo en una realidad a partir de la expedicion de la Constitucion de 1999, la cual autorizo su puesta en funcionamiento, que a prima facie pareciese haber obtenido mejores resultados que los nuestros, lo cual se atribuye a la forma como se maneja la primera instancia en los procesos laborales del vecino pais, que se desarrolla mediante dos audiencias, la preliminar y la audiencia del juicio, dirigidas por dos jueces diferentes: de sustentacion, mediacion y ejecucion y el de juicio. El protagonista en este proceso es el juez mediador, encargado de desarrollar una gran actividad encaminada a buscar la terminacion anticipada del proceso haciendo uso de la conciliacion o el arbitraje.
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