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Sobre el cálculo del límite-umbral admisible para jornadas de trabajo no convencionales

    1. [1] Asesorías LCC
  • Localización: ORPjournal, ISSN-e 2385-3832, Nº. 4, 2015 (Ejemplar dedicado a: Monográfico ORPconference), págs. 25-31
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • El presente trabajo intenta aclarar el uso que se hace en el DS 594 de las relaciones de Brief y Scala cuando se labora en turnos no convencionales, pues los cálculos realizados permiten inferir que la aplicación que hace el DS 594 de una sola de las relaciones dadas por los autores citados, oculta el problema cuando se trabaja en jornadas no convencionales, pues no considera la dosis acumulada semanal cuando se trabaja durante más de 8 horas diarias y por más de 45 horas semanales, no corrige los límites-umbrales estándares de manera confiable, subestimado la magnitud del riesgo, de manera tal que la vida y salud de los trabajadores podría verse afectada por la acción de los agentes que se ponen en contacto con dichos trabajadores. Lo erróneo de la aplicación que hace el DS 594 de solo una de las relaciones dadas por Brief y Scala, se demuestra al comparar los valores calculados utilizando ambas relaciones de Brief y Scala y comparando valores de los Factores de Jornada Diaria y Semanal para 6 sustancias, pero además se realizan cálculos utilizando el concepto de dosis diaria y semanal dados por Zamora Saá.


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