La entrada en vigor de la Ley 27/2013 ha modificado el sistema de competencias municipales establecido en diversas normas. Uno de los aspectos afectados ha sido el de «la inspección y control sanitario de mataderos, de industrias alimentarias y bebidas», que es abordado por su Disposición Transitoria tercera y que ahora atribuye a las Comunidades Autónomas; pero que plantea dudas en cuanto a su alcance en lo referente a esta últimas dada la existencia de regulación sectorial (en la Ley General de Sanidad) y la utilización de conceptos que necesitan de interpretación por carecer de definición legal. A ello intentaremos dar respuesta en el presente estudio.
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