La defensa de la reputación de personas, empresas y entidades en los nuevos entornos digitales precisa ejercer acciones legales, junto con las de comunicación. Las medidas podrán ser preventivas y, con equilibrio, también reactivas, en ejercicio de legítimos derechos al honor, a la propia imagen, al olvido digital y a la desindexación de datos personales. A la par que aumentan posibles riesgos reputacionales, se presentan igualmente oportunidades para mejorar la comunicación personal y corporativa, de su mensaje y de sus personas.
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