Podría aparecer como exótico tratar de hacer reflexiones sobre el deber jurídico frente a quienes manejando un relativismo del cual a veces no son concientes, prefieren mejor alejarse de las tribunas donde corresponde sustentar los principios que a su turno van a ser el fundamento de las políticas penales que practican, o que elaboran, o que en una u otra medida tratan de manipular. Es así entonces que, como quienes practican ese relativismo no caen en cuenta de que impera en momentos actuales tratar de analizar la temática que a todos interesa cuando pensamos en el ejercicio del poder punitivo del Estado, creemos que a nosotros sí nos incumbe y que, así sea al margen, interesa adentrarnos no solo en lo formal, sino en tratar de buscar los contenidos materiales, que al fin y al cabo nos estarían indicando cuál es el cuestionamiento que se puede hacer al deber jurídico. (…)
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