Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de La función del TJUE en el control de la cláusula suelo en España (1)

Carmen Muñoz García

  • Las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y de 25 de marzo de 2015, y otras muchas dictadas por nuestros jueces nacionales, aunque admiten la licitud de las cláusulas suelo, confirman que son nulas por falta de trasparencia. Declarada su nulidad, fijan en términos de autoridad, límites a sus efectos, y por tanto la no retroactividad respecto de los intereses excesivamente pagados durante la vigencia de la cláusula nula. Limitación de la Directiva 93/13 y de la normativa nacional, con base en dos presunciones admitidas por el TJUE: la buena fe de las partes en la relación hipotecaria, y por tanto, también de la entidad crediticia-predisponente, y el riesgo de trastornos graves para la economía.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus