La reciente reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 1999 y aplicable a las personas físicas residentes en España, a excepción de las personas físicas que tengan su residencia en los Territorios Históricos Vascos o en la Comunidad Foral de Navarra, ha introducido importantes novedades en el tratamiento de las alteraciones patrimoniales. Este artículo expone como una primera aproximación a la reforma, las importantes novedades que, para este componente de la renta obtenida por los sujetos pasivos del Impuesto, presenta la nueva Ley 40/1998 del IRPF.
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