Pamplona, España
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de marzo de 2015 resuelve la cuestión prejudicial planteada por el Consejo de Estado de Italia, acerca de la adecuación a los principios de la Unión Europea en materia ambiental, de la normativa nacional sobre recuperación de suelos contaminados que impide imponer la ejecución de las medidas de reparación al propietario del terreno contaminado que no intervino en la producción del daño.
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