La liberalización del transporte terrestre de mercancías tiene entre sus elementos básicos la libertad de precios y rutas. En una situación de fuerte aumento de los costes de los combustibles, los operadores buscan fórmulas para repercutir los aumentos a sus tarifas. En España, se establecen cláusulas contractuales de revisión de precios amparadas por el Ministerio. La concreta fijación del tipo de repercusión se rea liza mediante una fórmula acordada por el Observatorio de Costes donde tienen mayoría los operadores del sector. Esta práctica podría constituir una recomendación colectiva de precios susceptible de incurrir en una vulneración de la defensa de la competencia. La sanción impuesta a las asociaciones de transportistas es objeto de revisión por parte de los Tribunales en base al principio de confianza legítima de la norma administrativa. En Italia, la misma problemática se aborda con la fijación de una tarifa mínima por razones de seguridad. El Derecho europeo exige que la organización administrativa del sector no esté exclusivamente dominada por los intereses empresariales.
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