Los alcaldes pedáneos incurren en gastos al desempeñar sus funciones que deben ser indemnizados, previa su justificación documental. En estas entidades locales menores puede ser difícil deslindar los gastos que responden a actividades públicas respecto de las actividades privadas. Recientemente, el Tribunal de Cuentas ha planteado la pertinencia de los sistemas indemnizatorios a tanto alzado o de cuantía fija.
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