El derecho de oposición de los acreedo-res de las sociedades de capital en los casos de modificación estructural de éstas es una facultad que la ley les reconoce a los primeros en defensa de su crédito frente a un cambio en la persona del deudor (sociedad) que puede afectar a la garantía de su derecho.
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados