En España el tejido productivo está compuesto esencialmente por trabajadores por cuenta propia y por pequeñas y medianas empresas. Centrándonos en este trabajador, comúnmente denominado autónomo, y partiendo de su configuración como aquella persona natural que en nombre propio y por su cuenta y riesgo desarrolla de manera habitual una actividad empresarial, cualquier persona física, que sea mayor de edad y no se encuentre incapacitada, podrá adquirir la condición de empresario individual en el mercado y quedará sometida a un estatuto jurídico especial delimitado por el Derecho mercantil (...)
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