El presupuesto de la Seguridad Social en 1992 refleja, a través de las cifras económicas y de los correspondientes programas, los efectos económicos y sociales del modelo de Seguridad Social que se ha ido configurando en los últimos diez años, en concordancia con los dispuesto en el artículo 41 de la Constitución, y en donde, sin pérdida de la importancia de la protección contributiva del sistema que constituye el eje esencial del marco protector, se ha universalizado el derecho a pensión, a la asignación por hijo a cargo, a la asistencia sanitaria y a los servicios sociales, extendiendo la cobertura a aquellas personas que se encuentran en situación de necesidad. Así pues, en el presupuesto del sistema de Seguridad Social en 1992 se integran armónicamente la protección contributiva y la que no tiene esta naturaleza y cuya función es más redistributiva y de carácter universal.
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