Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


El derecho del personal eventual a percibir trienios. Comentarios a propósito de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 9 de julio de 2015 y de la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de enero de 2016

    1. [1] Universidad de Alcalá

      Universidad de Alcalá

      Alcalá de Henares, España

  • Localización: Revista de administración pública, ISSN 0034-7639, Nº 201, 2016, págs. 179-202
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La STS de 21 de enero de 2016 ha reconocido el derecho a percibir trienios a una empleada pública que durante varias décadas ocupó puestos de personal eventual en los que desempeñó tareas administrativas ordinarias. Previamente, en respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo, la STJUE de 9 de julio de 2015 había declarado la aplicación de la Directiva 1999/70/CE y del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada al personal eventual que presta servicios en el sector público. Puesto que la legislación básica permite que los puestos de personal eventual también puedan ser ocupados por funcionarios de carrera, y dado que no es infrecuente el uso desnaturalizado de la figura del personal eventual en el ámbito público, la aplicación de la doctrina establecida por la STJUE de 9 de julio de 2015 contribuirá al reconocimiento a estos empleados de derechos, entre los que se encuentran los trienios, propios del régimen jurídico de los funcionarios de carrera.

    • English

      A recent decision of the Spanish Supreme Court (SC), of 21 January 2016, has granted an employee a “three-yearly length-of-service increment”, after having held for decades different positions in the public-sector as non-permanent staff. Previously, on 9th of July 2015, the European Court of Justice (ECJ) had passed a judgement in a preliminary ruling referred by the Spanish SC, where the ECJ ruled the concept of a ‘fixed-term worker’ -within the meaning of the Council Directive 1999/70/EC of 28 June 1999 concerning the framework agreement on fixed-term work- should be interpreted as applying to a worker such as the applicant in the main proceedings. The case-law of the ECJ may have a significant impact in the Spanish legal system, where national legislation allows career civil servants to hold posts reserved for non-permanent staff and where a misuse of those positions is not rare. As a consequence, non-permanent staff may expectedly have a right to certain career civil servants’ benefits, such as the “three-yearly length-of-service increment”.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno