No se puede reducir la pena de prisión de un recluso, como consecuencia de su traslado de un Estado miembro a otro, en función del tiempo de trabajo realizado en prisión en el primer Estado miembro si este Estado, aplicando su normativa nacional, no ha concedido dicha redención de pena La Decisión Marco que rige la cuestión del traslado entre dos Estados miembros de una persona condenada a una pena privativa de libertad no tiene efecto directo
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