Tras el dictado de la sentencia del Tribunal Supremo en el que se declararon nulas por abusivas las cláusulas suelo incorporadas a los contratos de préstamos hipotecarios, y a la espera de la decisiva sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre el alcance de los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad, es necesario preguntarse qué consecuencias tendrá en nuestra declaración de la renta la devolución de esos intereses indebidamente abonados. ¿Debemos incluirlos en nuestra declaración de IRPF? ¿Se considera ganancia patrimonial?
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados