El Papa Francisco, en su calidad de jerarca y representante de la Iglesia Católica y en ejercicio de su potestad de régimen legislativa derogó la Consulta obligatoria para aquellas sentencias de primera instancia que declararen la nulidad del matrimonio católico. Nulidades que, también en virtud de la potestad de régimen jurisdiccional, son de competencia exclusiva de los Tribunales Eclesiásticos. Dicha consulta también se establece en Colombia para ciertos procesos, y en algunos casos también ya fue derogada.
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