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Resumen de La definición de Servicio de interés económico general en la Unión Europea ... ¿De qué margen disponen los Estados Miembros?

Juan Jorge Piernas López

  • El presente estudio tiene por objeto analizar la definición de servicio de interés económico general en el Derecho de la Unión Europea a la luz de la jurisprudencia de los tribunales de la Unión y de la práctica decisoria de la Comisión Europea en la materia. A tal fin, se estudiará, en primer lugar, la definición de SIEG en el Derecho primario y derivado de la Unión Europea. En segundo lugar, el estudio analizará los principios generales establecidos por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en la aplicación del artículo 106(2) del TFUE, y las matizaciones introducidas por la jurisprudencia reciente del Tribunal General en relación con el mismo artículo. En tercer lugar, el estudio analiza la definición de SIEG en las comunicaciones y en la práctica decisoria reciente de la Comisión Europea. En cuarto lugar, se presentan una serie de consideraciones finales sobre la definición de SIEG en la Unión Europea, y sobre el margen del que disponen los Estados miembros de la Unión para calificar una actividad como tal.


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