El comentario destaca el modelo de aplicación de la Directiva que viene a confirmar la importante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Entre otros aspectos, con relación al principio de efectividad, resalta el carácter normativo del efecto de no vinculación, la nulidad radical o de pleno derecho de la ineficacia de la cláusula declarada abusiva, y el control de transparencia como un propio y específico control de legalidad de la reglamentación predispuesta.
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