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Ley contra la morosidad: el plazo de pago de 60 días es imperativo, no subsidiario: STS, de 23 noviembre 2016 (JUR 2016, 257940)

  • Autores: Iker Roldán Aguirre
  • Localización: Revista Aranzadi Doctrinal, ISSN 1889-4380, Nº. 2, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • EL Tribunal Supremo aclara en esta sentencia cuál es el plazo máximo de pago que tiene un deudor según la Ley de Lucha contra la morosidad, y este será máximo 60 días desde la prestación del servicio o puesta a disposición de la cosa. Si en el contrato figurase un plazo superior al mismo, esta cláusula será nula. Con ello zanja la controversia existente sobre la interpretación de los plazos que se estipulan en los artículos 4.1 y 9.1 de la citada normativa.


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