La Sala de lo Social del TS unifica criterio y concede las prestaciones por maternidad, en un caso, a una madre que contrajo un contrato de gestación por sustitución y, en el otro, a un padre de dos niñas que nacieron por medio de técnica de reproducción asistida. El Tribunal prima así los derechos y el interés del menor independientemente de la filiación y la nulidad del contrato de vientre de alquiler.
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