Javier Julio Izquierdo Jiménez, Julio Pernas Ramírez
El objetivo de este artículo es recapitular sobre los hitos y circunstancias del primer caso de «cláusulas suelo» que el Tribunal Supremo ha resuelto de forma favorable a una entidad de crédito, desestimando el recurso de casación interpuesto por los consumidores demandantes (Sentencia 171/2017, de 9 de marzo). La sentencia se fundamenta, básicamente, en criterios procesales referentes a la prueba, aunque el Tribunal Supremo aprovecha la ocasión para completar su doctrina en materia de nulidad de «cláusulas suelo», de forma absolutamente coherente, recordando a las entidades financieras que siempre dijo que dichas cláusulas eran lícitas y que sus casos, por tanto, no están siempre perdidos.
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