El 17 de abril de 2015, ha sido aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Anteproyecto de Ley de Resolución Alternativa de Conflictos de Consumo. Con esta iniciativa legislativa se pretende incorporar al ordenamiento español una Directiva procedente de la Unión Europea, que tiene por objeto garantizar a los consumidores el acceso a entidades de resolución extrajudicial de conflictos. Con esta norma se facilita a los consumidores que los posibles problemas derivados de sus contratos con los empresarios puedan encontrar una solución. Los procedimientos de resolución, cuyo resultado podrá ser vinculante o no, serán, además de gratuitos o de escaso coste, transparentes, sencillos, rápidos y justos, al mismo tiempo que se garantiza su imparcialidad. Ahora bien, la futura ley no regulará procedimientos de resolución alternativa de conflictos, ni afectará a los ya existentes, sino que su finalidad será el establecimiento de requisitos de calidad armonizados para asegurar el acceso a los consumidores y empresarios a entidades de resolución alternativa de alta calidad, en la Unión Europea, independientemente del lugar de residencia.
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