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Entre Trump y Trudeau: claúsulas laborales y libre comercio a la luz del ceta

    1. [1] Universidad Carlos III de Madrid

      Universidad Carlos III de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Revista de información laboral, ISSN 2254-3171, Nº. 3, 2017, págs. 211-234
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El libre comercio se ha situado en el centro del debate político. De una parte, la victoria de Donald Trump y su decisión de retirar a los Estados Unidos del Acuerdo Transpacífico ha revitalizado las posturas más proteccionistas. La principal razón esgrimida, muy presente durante la campaña electoral, se centra en evitar los supuestos efectos perniciosos derivados de la paulatina extensión y ampliación de las áreas de libre comercio sobre la clase trabajadora norteamericana, mensaje que caló, especialmente, en las antiguas ciudades industriales de los Estados más afectados por la Globalización.

      De otra parte, Canadá y la Unión Europea han reaccionado acelerando el procedimiento de ratificación del Acuerdo Económico y de Comercio conocido como CETA. El principal argumento esgrimido por los gobiernos para convencer a la ciudadanía de uno y otro lado del Atlántico se centra en los beneficios económicos que potencialmente se van a derivar de su aplicación. Sin embargo, esta activa defensa de los gobiernos europeos y canadiense de este Acuerdo, por otra parte no poco controvertido, contrasta con la fría acogida, cuando no oposición, de buena parte de los ciudadanos europeos, simbolizada en la numantina oposición del Parlamento de pequeña región belga de Valonia a otorgar permiso al gobierno federal para ratificarlo si no se introducían importantes cambios en su contenido.

      ¿Puede calificarse la postura de la nueva Administración norteamericana como populista o existen riesgos ciertos para el mercado de trabajo y su economía? ¿Hasta qué punto hay motivos objetivos para oponerse o apoyar el libre comercio? A pesar de que, desde David Ricardo, existe un cierto consenso entre los economistas en relación a los efectos beneficiosos del libre comercio, esto no significa ni que éstos hayan de alcanzar automáticamente al conjunto de la sociedad y, en particular, a los trabajadores; ni que se asegure que no vaya a haber ganadores y perdedores. Por ello, la anunciada asunción de que el comercio produce beneficio neto, quizá debiera completarse con la advertencia de que para que tales beneficios alcancen al conjunto de la sociedad o, si se prefiere, para que se compensen las externalidades negativas en el plano social y laboral. resulta necesaria la adopción de instrumentos adicionales adecuados y eficaces.

      Entre éstos destacan la incorporación de cláusulas laborales a los tratados de libre comercio, en cuya virtud se garantizan unos estándares mínimos (frecuentemente los marcados por los convenios de la OIT) entre las partes firmantes. El objeto de este trabajo es analizar hasta qué puntos estas cláusulas están cumpliendo la función que tienen encomendada y en qué medida son causas y consecuencia de la situación descrita. Para ello se dividirá en los siguientes apartados. Tras una breve introducción sobre la situación del libre comercio, se analizará la creciente tendencia hacia la incorporación de cláusulas laborales en los tratados de comercio internacional y sus rasgos fundamentales. A continuación, se empleará el caso práctico y controvertido del CHA para estudiar sus ventajas y debilidades. Finalmente, sobre la base de lo anterior, se formularán algunas conclusiones acerca de sus potencialidades de cara al futuro.

    • English

      Free trade has placed on the centre of the political debate. On the one hand, the election of Donald Trump as President of the United States and his decision of retiring his country from the Jrans-Pacific Partnership has triggered the positions against free trade. The reason, hardly discussed during the election campaign, lays on the supposed negatives effects on working class' living conditions of developed countries. This clear opposition obtained the enthusiastic support. among others. of mes blue-collard workers in states especially affected by the effects of globalization.

      On the other hand. Europe and Canadá have reacted by accelerating the procedure of ratificatian of the so-called Comprehensive Economic and Trade Agreement (CETA). The arguments exposed before the citizenship from both sides of the Atlantic focus on the economic benefits which will presumably produce. However, the active defence of this controversial Treaty by the governments contrasts wi!h the cold acceptation, even opposition, of quite a few of the European cítizens, symbolized by the brave opposition of Balloon paríiament, which strongly refused to give its permission to the Belgian federal government to ratified the CETA.

      Is the new American Adrninlstration's position populistic or there exist serious risks for its labour market and ecanomy? To what extend are there objective reasons to oppose or promote free trade? Despite from David Ricardo there is consensus among economist about the beneficial effects of free trade. this neither means these benefits extend to the whole society automatically, nor winners and losers derive from this kind of economic cooperatíon tool. Consequently, along with this assumption. another unattainable must be made: it is necessary to campensate the externalities generated by trade agreements on social and working conditions by the adoption of some parallel instruments.

      The paper focused on one of these tools, the labour provisions included in trade agreements, which aims to guarantee certain minimum labour conditions (frequently set by ILO's conventions) arnongthe parties involved. In order to address this issue, the article is divided as follows. After a brief introduction, it will analyse the increasing trend on the inclusion of labour provision in trade agreements and is main characteristics. After that, the practical and controversial case of CETA will be studied to show the pros and cons of this legal instrument. Finally, some conclusions regarding its future possibilities will be given


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