Lérida, España
El juez administrativo aparece investido con una facultad singular que va a permitirle moderar ex officio, según su prudente arbitrio, el contenido y alcance de la condena en costas procesales a la luz de las circunstancias particulares de cada caso. El uso de este poder ha desbordado los márgenes tradicionales de la casación, ámbito en el que se venía desenvolviendo con naturalidad, bien que con algún sobresalto, dando lugar a una serie de derivaciones, como las condenas simbólicas, que deben hacernos meditar sin falta acerca de las virtudes y limitaciones de esta generosa facultad. Y no solo eso. Las sendas que transita hoy este poder de limitación de las costas nos ponen sobre aviso de la posible existencia de disfunciones más profundas, de desajustes en nuestro sistema de costas procesales que están en grado de comprometer el acceso a la justicia administrativa.
Administrative law judges have a singular power that enables them to moderate, ex officio, at their careful discretion, and based on each case’s specific circumstances, the content and extent of legal costs awarded. The use of this generous power has gone beyond the traditional boundaries of annulment, within which it has been employed without complications, albeit with occasional surprises, leading to a series of consequences, such as symbolic rulings, which make pondering its virtues and limitations a necessity. Additionally, the current uses of this power constitute a warning as to the possible existence of greater dysfunctions, of flaws in our system of legal costs which could put access to administrative justice in jeopardy.
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