Se plantea si en virtud del nuevo tenor del artículo 44.5 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en su redacción dada por la Ley 19/2015, de 13 de julio, es inscribible la filiación, como hijo matrimonial, a favor de la cónyuge de la madre biológica de un niño, sin que sea preciso justificar el uso de técnicas de reproducción asistida en la gestación. La autora considera que una interpretación sistemática del precepto, y su valoración contextual desde la perspectiva ineludible del principio del favor minoris lo impide.
It is considered whether, under the new wording of article 44.5 of Law 20/2011, of July 21, of the Civil Registry, in its wording given by Law 19/2015, of July 13, filiation, As a matrimonial child, in favor of the spouse of the biological mother of a child, without the need to justify the use of assisted reproductive techniques in gestation.
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