Es una práctica mayoritaria entre las entidades financieras el imponer a los prestatarios la totalidad de los gastos notariales, registrales (1) y de gestoría (2), al formalizar la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria. Mediante el presente modelo, se pretende facilitar a los Abogados la reclamación del 50 por 100 de dichos gastos, los cuales nunca debieron recaer de manera exclusiva sobre los consumidores.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados