Se analiza el alcance que ha de darse al contenido que la reforma operada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial. En concreto, se analiza el interés casacional en las demoliciones urbanísticas a la vista del art. 108 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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