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Régimen de las expulsiones del artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/2000

  • Autores: Francisco Pleite Guadamillas
  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 9, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La expulsión de extranjeros, no derivadas de la mera estancia irregular de un ciudadano tercero respecto de la Unión Europea, se contemplan en el art. 57.2 de la Ley orgánica 4/2000, disponiendo que se procederá a la expulsión del extranjero haya sido condenado, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo que los antecedentes penales hubieran sido cancelados. La aplicación de este precepto suscita múltiples problemas prácticos que deben resolverse conforme a una interpretación conjunta del ordenamiento jurídico y garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva.


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