Los profundos cambios acaecidos en la economía global, de los que son máximo exponente la internacionalización de los mercados financieros y la liberalización del comercio. han alcanzado a otros muchos ámbitos. dando lugar al fenómeno conocido como globalización. En el laboral dos fenómenos paralelos han tenido lugar no sin cierto éxito. De un lado, el auge del empleo autónomo. hoy también rebautizado como «emprendimiento ll Ante la incapacidad de volver alcanzar la meta del pleno empleo, ante nuestro sumergimiento en un contexto de desempleo crónico y aparentemente irresoluble. los distintos gobiernos de las economías de occidentales han optado por impulsar el trabajo autónomo. De otro, el desarrollo de nuevas técnicas de regulación de carácter no vinculante. denominadas por ello 50ft law o derecho blando. Ante las insuficiencias de los sistemas normativos tradicionales, la búsqueda de soluciones alternativas y «flexibles» por parte de los propios sujetos implicados se viene abriendo paso. El propósito del presente estudio es detenerse en las soluciones que desde el soft law se han aportado en lo que hace a la delimitación jurídica del empleo autónomo y de los problemas que su rápida expansión ha puesto de manifiesto. con especial atención al ámbito internacional y comparado.
So me important changes have risen in the global economy. The internationalization of financial markets and liberalizatíon of trade are probably the most important examples. Thís tr nsformatíon has affected very different fields and drives to the phenomenon known as Globalization.Regarding labour issues, wo successfu l and parallel circumstances have taKen place. On the one hand, the emergence of se f-emp1oyment, smartly renamed as entrepreneurship. As the goal of fu!1 emp!oyment seems to be no more achievable. the different governments of western economies have opted to promote self employment as alternative. On the other hand, the extension of other forms of regulatíon characterized by their non-binding character and, consequently, named as «soft law». Whereas classical techniques of regulation seems to be incapable ~f dealing with this new context, some new alternative and more lexible forms raise as a possible solution given by the own stakeholders.This paper aims to analyse the solutions gíven from the soft law to the legal delimitation of the concept of self-employment and the problems derived from íts quick implementatíon. In order to achíeve thís objectíve, it wíll pay specíal attentíon to the ínternational and comparative perspectíve.
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