San Cristóbal de La Laguna, España
Las últimas reformas producidas en la Ley Concursal durante el año 2015 han modificado la institución de los acuerdos extrajudiciales de pago, introducida en 2013 en nuestro ordenamiento jurídico. Estas han supuesto importantes cambios en cuanto a sus presupuestos y a su procedimiento, asimilándolos más a los ya existentes en los sistemas jurídicos de nuestro entorno y relacionándolos directamente con el mecanismo de la exoneración del pasivo insatisfecho. Sin embargo, la aplicación práctica de los AEP ha sido escasa en el tiempo que lleva vigente la norma, tal y como se extrae del análisis de los datos del Registro Concursal, lo que genera dudas sobre su verdadera eficacia.
The latest amendments, that took place in 2015, of the Bankruptcy Law (LC) have modified the institution of the scheme of arrangements (acuerdos extrajudiciales de pago in spanish), that were introduced in our legal system in 2013. These reforms imply great changes regarding the presuppositions and the procedure of the institution, making it similar to the ones of foreign legal orders. The aforementioned amendments link scheme of arrangement with exemption of unsatisfied liability mechanism. Notwithstanding, the practical implementation of this scheme of arrangement has been limited since it was reformed, as it appears from the analysis of the data in the Insolvency Registry, which raises questions about its true effectiveness.
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