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Nueva doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la interpretación del artículo 132 de la Directiva 2006/112: el caso de las Agrupaciones Autónoma de Personas y su exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido

  • Autores: José María López Geta
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 32, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Por momentos, los ciudadanos están más concienciados de lo injusto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en tiempos en que existe un tributo como el Impuesto sobre el Valor Añadido de gran potencial recaudatorio que ya se encarga de «depredar» una importante porción de la renta disponible tras el paso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Un tributo que en tiempos formaba parte de escasas figuras impositivas con limitada materia imponible, en que a una gran parte de la ciudadanía no se veía afectada, pues carecía del mínimo patrimonio gravable a su fallecimiento, pero en la actualidad no tiene sentido pues es muy extenso el sector de la población que deja a sus herederos simplemente un pequeño patrimonio mobiliario e inmobiliario fruto del ahorro de muchos años, que, además, ya tributó previamente, tal vez varias veces.


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