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La nulidad de la condición general que contiene una cláusula suelo en un contrato celebrado con consumidores es nulidad absoluta o de pleno derecho. Comentario a la sentencia de la sala primera del Tribunal Supremo 558/2017 de 16 de octubre

  • Autores: David Vázquez García
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9094, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El presente trabajo analiza una muy reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo en la que se examina una vez más la nulidad por falta de transparencia de una condición general en un contrato celebrado con consumidores, en concreto aquella que contiene una cláusula suelo en préstamo hipotecario. El interés principal de la presente sentencia es que la sala concluye de forma clara y contundente que nos encontramos ante una nulidad absoluta o de pleno derecho y que, por lo tanto, no cabe convalidación alguna del contrato que adolecía de tal defecto; consideramos que, como tendremos ocasión de exponer, la sentencia puede abrir nuevos escenarios en una materia tan sensible como es la protección del consumidor.


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