Este trabajo hace un breve recorrido por el nuevo articulado de la Ley referido a los contratos típicos de obras, suministros y servicios, que no presentan grandes novedades, salvo por el mayor apoyo a las PYMES que revelan y por una marcada «refundición por absorción» del antiguo contrato de gestión de servicio público en el de servicios, cuando no existe riesgo operacional. Irrumpen con fuerza los servicios a las personas, tanto en su modalidad contractual, con nuevo umbral, como en fórmulas organizacionales extracontractuales.
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