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El certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales en el ámbito sanitario: normativa estatal y aplicación autonómica

  • Autores: Pablo Cabo Pérez, Eva Fernández Piedralba, Noemí García Esteban
  • Localización: DS : Derecho y salud, ISSN 1133-7400, Vol. 27, Nº. Extra 1, 2017 (Ejemplar dedicado a: XXVI Congreso 2017: Derechos sanitario y ciudadanía europea: los retos), págs. 252-262
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor establece la obligación de aportar certificado negativo del Registro de Central de Delincuentes Sexuales a aquella personas que pretenden acceder a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores.

      Se estudia el distinto alcance que a dicha obligación han dado la Agencia Española de Protección de Datos y la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, así como el diverso desarrollo que las normas autonómicas han dado a la misma.


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