La actividad urbanística ejercida por el sector privado no ha tenido tradicionalmente un acercamiento intenso a la normativa reguladora de contratos del sector público. La nueva Ley de contratos tampoco ha asumido la responsabilidad de concretar qué tipo de relación debe existir entre ambas materias donde se contraponen los ámbitos propios del derecho privado por la intervención de los operadores urbanísticos particulares, con el del derecho administrativo en general, por la intervención de la Administración actuante, y el de la contratación del sector público en general, por la ejecución del planeamiento a través de obras de urbanización con destino al uso y servicio público.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados