Llegado el momento en el que procedan a cumplir su obligación tributaria por razón del devengo en 2017 del Impuesto sobre el Patrimonio, unos contribuyentes se felicitarán por los términos en que su respectiva Comunidad Autónoma regula el tributo, y otros lamentarán «su suerte» por caer en manos de un implacable legislador autonómico; mientras, Doctrina y Legisladores continúan con sus dudas acerca de la supresión o no del dicho tributo. Por otra parte, sin descanso, hay que luchar por conseguir que la articulación de un sistema tributario que se apoya básicamente en la autoliquidación, no sea una pesada losa a levantar por los contribuyentes ante la impávida y severa mirada de la Administración tributaria que deja en manos de aquellos la real aplicación de los tributos.
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