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Resumen de Los primeros intentos de mantenimiento del llVTNU tras la declaración de inconstitucionalidad: vuelta a la vulneración del principio de capacidad contributiva, de no confiscatoriedad y del derecho de defensa

Sofía Arana Landín

  • español

    La primera respuesta del legislador al mandato constitucional derivado de la primera de las sentencias que declaran la inconstitucionalidad parcial del IIVTNU es la realizada por la Diputación de Gipuzkoa por medio del Decreto Foral Norma 2/2017, de 28 de marzo.

    Analizada dicha norma y a pesar de que en algún aspecto dé una respuesta adecuada y acertada que puede servir de ayuda a otros legisladores, tenemos que manifestar nuestro pesar por la misma. En primer lugar, en cuanto a la forma, por regular elementos esenciales del tributo mediante la figura equivalente al Decreto Ley; en segundo, por el fondo, ya que la aplicación de la misma obedece a una técnica legislativa singular en cuanto a los supuestos de no sujeción y determinación de la base imponible. Además, el supuesto imprevisto del error de salto da lugar, una vez más, a supuestos de vulneración de la capacidad contributiva y no confiscatoriedad. Por último, entendemos que mediante una norma de este rango se ha venido a restringir lo dicho por la propia sentencia del Te en cuanto restringe los efectos temporales de la misma por la regulación que se realiza en la Disposición Transitoria del Decreto foral Norma guipuzcoano.

  • English

    The first legíslatíve answer to the constitutional mandate established by the first of a series of sentences declaring the unconstitutionality of some articles of the Spanish Tax on the increase in value by the transmission of urban soil is the one made by the province of Gipuzkoa legislator through the Decree Law 2/2017, of May the 28th. Even though this norm gives an adequate answer in certain aspects, we cannot agree with it. First of all, because of its form, as essential aspects of the tax become regulated by a Decree Law; secondly, because of its substance, as its application derives from a deficient legíslatíve technique in the cases of not being subject to the tax and the determination of the taxable base. Last, but not least, there is a clear ínfríngement of the hierarchy of norms as through an instrument equivalent to a Decree Law what is said by the constitutional sentence becomes restricted.


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