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Resumen de Interpretación del concepto de «conducción» del art. 379 del Código Penal a los efectos de entenderse cometido este delito: (Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2017)

Vicente Magro Servet

  • Análisis de la reciente sentencia del Tribunal Supremo de fecha 15 de junio de 2017 que interpreta lo que debe entenderse por el concepto de «conducción» a que se refiere el art. 379 CP en refiere el art. 379 CP en cuanto al alcance de la duración de la misma para entenderse cometido el delito si se ha detectado la misma con la confluencia de consumo de alcohol o drogas


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